CALAS

Horizontalizar instancias judiciales en América Latina

María Gabriela Lugones es investigadora del área de Ciencias Sociales del Centro de Investigaciones de la Facultad de Filosofía y Humanidades, y profesora titular de Antropología Cultural en la Universidad Nacional de Córdoba, Argentina. Es Senior Fellow en la sede principal del CALAS. En esta entrevista nos adelanta aspectos y reflexiones sobre su investigación respecto a las crisis de legitimidad de las administraciones judiciales en Argentina y México.

 

Para iniciar, ¿podrías contar desde dónde surge la idea del proyecto que trabajas acá en CALAS?

María Gabriela (Negra) Lugones: Este proyecto surge de experiencias de pesquisa etnográfica en tribunales y en diversos ámbitos estatales, que llevaron a considerar lo que llamamos «pedagogías estatizadas», prestando especial atención a los modos de capacitación judicial. Las diversas escuelas judiciales en el contexto del interior de Argentina vienen adoptando distintos énfasis, en los temas y formas de trabajo, aunque emerge un común denominador que parece estar cifrado en la creencia compartida respecto de la potencialidad de esos esfuerzos pedagógicos para transformar y optimizar las actuaciones judiciales.

Otra vertiente de este proyecto deviene de una apuesta colectiva, que denominamos Antropología del Gestionar, y que está en la estela de una corriente mayor que ha marcado la antropología argentina contemporánea. Me refiero a cuánto de nuestro trabajo etnográfico, como equipo de investigación con sede en el Centro investigaciones María Saleme de Burnichon de la Facultad de Filosofía y Humanidades (CIFFYH-UNC), está en relación y tiene como referencia a determinados centros de producción de conocimiento antropológico del Brasil y entre ellos, en el que yo me he formado, el Museo Nacional de la Universidad Federal de Río de Janeiro. Habría que pensar en una suerte de etnografía «Argen-Bra». Y cuando digo esto, me refiero a una constelación de autores y textos dedicados a estudiar acciones gubernamentales, sin concederles el calificativo de «públicas», entendiendo que ese movimiento es analítico y metódico. Nos imponemos además reflexiones ético-profesionales para intervenir con nuestros saberes en un campo de debates y acciones que no es neutral ni políticamente aséptico.

Además, este proyecto se configura por mi afiliación a una línea de trabajo que se viene desenvolviendo en CALAS, y que es la de las producciones horizontales de conocimiento. Una apuesta que se complica cuando se trabaja con gente que, justamente, es especialista en observar, categorizar y juzgar. Sin embargo, vengo explorando estas posibilidades y sus dilemas, en conversaciones con otras y otros colegas y que fueron cristalizadas en el libro La horizontalidad en las instituciones de producción de conocimiento: ¿perspectiva o paradoja? (2022) coordinado por Sarah Corona Berkin.

 

En tu proyecto hablas de un problema de legitimidad en las instituciones judiciales; ¿cómo se desarrolla este problema de legitimidad y cómo influye en estos momentos a estas instituciones? 

N.L Lo primero que diría es que hay ríos de tinta escritos desde distintas disciplinas, así como en discusiones públicas que dan cuenta de lo extendida de ciertas ilegitimidades de nuestros Poderes Judiciales.  Y en los casos que enfoco –en el interior de Argentina y el interior de México– también se darían un descrédito en la independencia de sus actuaciones y cierta desconfianza en sus procedimientos y resoluciones.

En los trabajos de campo, aquí en Guadalajara, así como en las ciudades argentinas de Córdoba, Santiago del Estero y La Pampa, parecería que no hay duda respecto a los problemas de legitimidad de nuestros Poderes Judiciales. La cuestión que busco conocer (y dar a conocer) es de qué maneras, para afrontar estas deslegitimidades, se concentran los esfuerzos en capacitación,  en volver clara la escritura de las decisiones judiciales y realizar una comunicación «transparente» del quehacer judicial, administrativo, jurisdiccional. ¿Serían suficientes e idóneas estas vías de acción para revertir ese problema? Ahí hay una pregunta, y la intuición de que sería preciso imaginar  formas más eficaces de contrarrestar las sospechas (in) fundadas de nuestros paisanos respecto de las acciones judiciales. 

 

¿Cuáles serían las formas de abordar de manera más integral la formación en el sistema judicial?

N.L: Podría adelantar, a modo de hipótesis vinculada con este proyecto, que podría generarse instalación de formación judicial donde se escuchen los problemas (procedimentales, sobre todo) advertidos por quienes ya atravesaron experiencias de judicialización en alguna dimensión de sus vidas (pienso especialmente en procesos de asuntos de familia, por ejemplo).

 

A partir de esto último que mencionas, de escuchar las experiencias del «otro», ¿por qué consideras importante horizontalizar en un espacio tan vertical como lo es cualquier órgano judicial?

N.L: Coincidiremos en que la idea de horizontalizar poderes judiciales parece utópica. Sin embargo, concreta y acotadamente, creo en la posibilidad de gestar algunas instancias donde sea factible entablar conversaciones horizontales –o lo más horizontales que sea posible–, en un marco dialógico que reúna administradores y administrados. Estos intercambios de experiencias judiciales considero que tendrán implicancias en las propias prácticas de los Poderes Judiciales. Una búsqueda de estas modalidades horizontales de formación judicial es propiciar interpelaciones en los gestores judiciales y, quizás, mudanzas en sus actuaciones; no se trataría de  transformaciones grandilocuentes, porque en muchas ocasiones, las reformas legales o las estructuraciones institucionales suelen tener poca reverberación en las prácticas. Y lo que aquí se pretende es que una reflexividad conversada de las prácticas, con los destinatarios de tales actuaciones, lleve a cambios en costumbres consolidadas institucionalmente. Habría allí un horizonte de posibilidades. Espero no equivocarme. 

 

¿De qué forma la mirada masculina en los procesos de la formación de jueces entorpece los procesos que permiten o no acceder a una justicia feminista?

N.L: Te diría que resisto rotulaciones como las de «justica feminista», porque considero que provocan desentendimientos y falsas adhesiones, cuando quizás sea necesario comenzar por delimitar a qué nos referimos con esa rubrica. Prefiero, como ya he dicho, hablar de administraciones judiciales y no de Justicia, sin conceder esa cualificación a Poderes estatales; así como hablar de políticas gubernamentales, y no de políticas públicas. También omitiria la adjetivación de feminista (aun compartiendo algunas de sus propuestas) para empeñarme en las formas horizontales de capacitación judicial, para conversar sobre las vivencias de personas procesadas judicialmente, que abran espacios para reformar acciones judiciales machistas, sexistas, clasistas y/o racistas, en procesos que involucran violencias de géneros.

Por otro lado, habría que detenerse en las complejas –y nada autoevidentes– implicancias de que sea mayoritaria la presencia de mujeres en determinados fueros judiciales y no en otros: el aumento del número de mujeres en el ejercicio de las magistraturas en nuestras latitudes. Y no dar por sentado que esas figuras imponen la llamada perspectiva de género, que también habría que poner en plural, y discutir de qué estamos hablando cuando usamos esa fórmula. Hay que reconocer que, muchas veces, ejercicios de poder que podríamos considerar como patriarcales, son llevados adelante por mujeres en sus acciones judiciales. Así como vengo hace décadas  llamando la atención sobre lo insidioso que pueden ser determinadas formas de ejercicio en los poderes judiciales que entiendo como «maternales». Me interesa pensar por fuera de las adjetivaciones y enfocarme en la praxis, apostando a una reflexividad y conversas que permitan transformaciones, por más pequeñas que sean. 

 

A partir del trabajo que llevas hasta el día de hoy, ¿qué aspectos consideras importantes retomar en el estudio de la capacitación judicial?

N.L: El estudio de las formaciones judiciales está sedimentado por numerosos trabajos que se han dedicado a indagar, desde diversos ángulos, estas escuelas, tanto en la Argentina como aquí en México, en los últimos años. Se han privilegiado los contenidos dictados en las capacitaciones, sus destinatarios y los perfiles de jueces pretendidos, además de considerar efectos de estas acciones en los resultados de los procesos judiciales, es decir, en las sentencias. No se han concentrado tanto en lo que a mí me ocupa, que no privilegia las decisiones judiciales y sus firmantes (que no necesariamente son sus redactores), sino en llamar la atención por cómo se van modulando las resoluciones, en procedimientos cotidianos e invisibilizados, muchas veces, en los expedientes. Muchos trabajos de investigación sobre-enfatizan el papel de los jueces, y se desatiende la relevancia de otras administradoras de menor rango que están a cargo también de las tareas jurisdiccionales, y que no son reconocidas por ejemplo en su «autoría» de las decisiones judiciales. Examinar la gestión judicial en esa línea sería abordarlas de manera horizontalizante, prestando el debido reconocimiento a otras administradoras judiciales de «menor» jerarquía (no sólo) formal.

 

¿Cómo podríamos reformular los métodos de capacitación en el ámbito judicial para incluir instancias de escucha y diálogo en lugar de basarse únicamente en la instrucción teórica y legal?

N.L: Mi propuesta es ensayar modos de formación que no estén cifrados exclusivamente en actualizar conocimientos legales, ni reducidos a densificar formaciones teóricas, ni los dedicados a las competencias llamadas «blandas», o a las aptitudes de gerenciamiento. 

Esta investigación sugiere la necesidad de poner los y las agentes judiciales en instancias de escucha de las experiencia de judicialización de personas que han atravesado juicios laborales,  procesos de guarda, juicios de divorcio… No alcanza con instruir en las nuevas «letras» de las leyes, en las teorías de los derechos, o en la escritura «clara» de las sentencias. También hay que interpelar para revisar las propias prácticas administrativo-judiciales. Los encuentros de escucha y conversación con quienes han pasado experiencias de judicialización de sus vidas cotidianas me parecen irreemplazables en los procesos de formación judicial. 

Para cerrar, ¿ha habido algún cambio significativo en tu investigación desde que iniciaste hasta lo que has desarrollado ahora? 

N.L: Lo que intuía, y comencé a saber en las pesquisas exploratorias y vengo confirmando, es que hay tendencias que son mucho más que regionales que nacionales y que tienen que ver con la construcción de trayectorias de «académicos del derecho» que se involucran en estas formas de capacitación y que circulan internacionalmente. 

Por último, lo que me ha sorprendido es el interés que provoca cuando comento sobre este proyecto y sus aspiraciones horizontalizantes de las capacitaciones judiciales. Tanto aquí en México, como con los interlocutores argentinos, percibo una apertura a ésta que sería una innovación, lejana a las tradicionales maneras de imaginar la formación judicial, y que no viene precedida por el prestigio que dan los saberes y credenciales académicos o las temáticas en boga.

 

 

Texto: Abi Valeria López

Fecha: 
Saturday, April 20, 2024